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Uso de "parmesano", "fontina", "grappamiel" y otros

Como parte de los compromisos asumidos en materia de Indicaciones Geográficas (IG) en el Acuerdo de Asociación Estratégica Mercosur–Unión Europea, el Ministerio de Relaciones Exteriores realizará en los próximos días un llamado público convocando a todos aquellos usuarios de determinados nombres de productos que, una vez entrado en vigor el Acuerdo, deberán dejar de utilizarse tanto en el mercado local como en el de Argentina, Brasil y Paraguay por ser considerados indicaciones geográficas europeas protegidas.

Si bien algunos términos deberán dejar de utilizarse definitivamente luego de determinado período de tiempo, existen otros, que por su uso genérico, serán exceptuados de esa condición, permitiendo la continuación de su uso siempre y cuando los usuarios formen parte de una lista de “Usuarios Previos”. Conformarán esa lista únicamente aquellos usuarios que, una vez que abierto el llamado y durante un plazo de cuatro semanas, presenten mediante Declaración Jurada una constancia de que cumplen con los requisitos solicitados.

Los términos en cuestión y las condiciones que deben cumplirse son las siguientes:

  1. Parmesano: haber utilizado el término con anterioridad a la fecha noviembre de 2017 en el territorio de Argentina, Paraguay o Uruguay.
  2. Parmesão: haber utilizado el término con anterioridad a la fecha noviembre de 2017 en el territorio de Brasil.
  3. Reggianito: haber utilizado el término en forma continuada durante al menos los 5 años previos a la fecha noviembre de 2017 en el territorio de Paraguay o Uruguay.
  4. Reggianito: haber utilizado el término con anterioridad a la fecha noviembre de 2017 en el territorio de Argentina.
  5. Fontina: haber utilizado el término en forma continuada durante al menos los 5 años previos a la fecha noviembre de 2017 en el territorio de Argentina, Brasil, Paraguay o Uruguay.
  6. Gruyère/Gruyere: haber utilizado el término en forma continuada durante al menos los 5 años previos a la fecha noviembre de 2017 en el territorio de Argentina, Brasil, Paraguay o Uruguay.
  7. Gruyerito/Gruyer: haber utilizado el término en forma continuada durante al menos los 5 años previos a la fecha noviembre de 2017 en el territorio de
  8. Queso Manchego (elaborado con leche de vaca): haber utilizado el término en forma continuada durante al menos los 5 años previos a la fecha noviembre de 2017 en el territorio de
  9. Grappamiel/Grapamiel: haber utilizado el término con anterioridad a la fecha noviembre de 2017 en el territorio de Uruguay.
  10. Grana: haber utilizado el término en forma continuada durante al menos los 5 años previos a la fecha noviembre de 2017 en el territorio de Brasil.
  11. Gorgonzola: haber utilizado el término con anterioridad a la fecha noviembre de 2017 en el territorio de Brasil.
  12. Steinhäger: haber utilizado el término con anterioridad a la fecha noviembre de 2017 en el territorio de Brasil.
  13. Ginebra: haber utilizado el término en forma continuada durante al menos los 5 años previos a la fecha noviembre de 2017 en el territorio de Argentina.
  14. Genebra: haber utilizado el término con anterioridad a la fecha noviembre de 2017 en el territorio de Brasil.

Oportunamente se circulará el modelo de Declaración Jurada sugerido por el Ministerio de Relaciones Exteriores para armonizar procedimientos.

Por consultas sobre este tema comunicarse con bbraga@uniondeexportadores.com

Fecha: 29/05/2020

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